La medida alcanza a actividades como el ascenso por la Pared Sur, el esquí en glaciares, el parapente y el salto BASE. Habrá permisos excepcionales en dos períodos, con solicitudes que deberán presentarse con 30 días hábiles de anticipación.
El Aconcagua, en Mendoza, tendrá restricciones para los deportes de alto riesgo durante la temporada de mayor concurrencia de visitantes, con el objetivo de preservar los recursos destinados a la atención médica, la seguridad y los rescates en la montaña.
La disposición fue comunicada este martes por la Dirección de Áreas Protegidas, dependiente del Ministerio de Energía y Ambiente. La medida alcanza a las prácticas que implican riesgos elevados o que exceden las actividades habituales de senderismo y andinismo autorizadas en el área protegida.
La decisión se fundamenta en la necesidad de mantener la capacidad de respuesta de los equipos que trabajan en el parque durante las semanas de mayor afluencia. En ese período, los servicios médicos, guardaparques y rescatistas deben atender una mayor demanda, mientras que determinadas emergencias pueden requerir operativos complejos y el uso de recursos logísticos limitados.
Qué deportes de alto riesgo estarán restringidos en el Aconcagua
La disposición comprende cuatro actividades específicas: el ascenso por la Pared Sur del Aconcagua, el esquí en glaciares, el parapente y el salto BASE.
La restricción también alcanza a otras prácticas deportivas que impliquen riesgos elevados o que excedan las modalidades habituales de senderismo y andinismo autorizadas en el parque.
El criterio de las autoridades apunta a limitar las actividades que pueden demandar intervenciones especiales de seguridad y rescate durante la temporada de mayor concurrencia. En un ambiente de alta montaña, una emergencia puede exigir la movilización de personal especializado, equipamiento específico y medios de evacuación que no están disponibles de manera ilimitada.
Por eso, la medida no establece una prohibición general de las excursiones ni del andinismo habitual. El alcance se concentra en las prácticas consideradas de mayor riesgo, de acuerdo con las condiciones establecidas por la autoridad de aplicación.

Cuándo se podrán pedir permisos excepcionales
La resolución contempla dos períodos en los que será posible solicitar autorizaciones excepcionales para realizar las actividades restringidas. El primero se extenderá del 1 de noviembre al 20 de diciembre, mientras que el segundo comprenderá del 1 de febrero al 30 de abril.
El director de Áreas Protegidas, Iván Funes Pinter, explicó que las solicitudes deberán presentarse con una anticipación mínima de 30 días hábiles, un requisito que no contempla excepciones.
La Dirección de Áreas Protegidas será la encargada de analizar cada presentación y determinar la fecha autorizada para desarrollar la actividad. Por lo tanto, la posibilidad de iniciar el trámite no garantiza que el permiso sea concedido.
Quienes soliciten una autorización deberán detallar las rutas, los cronogramas y los itinerarios previstos para la práctica deportiva. Si necesitan modificar los recorridos declarados, tendrán que comunicarlo previamente y obtener la aprobación expresa de la autoridad competente.
Este procedimiento busca que las autoridades puedan evaluar las condiciones de cada actividad con suficiente anticipación y considerar los recursos necesarios para responder ante una eventual emergencia.
Por qué Mendoza limita estas actividades durante la temporada alta
El período de mayor concentración de visitantes en el Parque Provincial Aconcagua se extiende, según la información oficial difundida, entre el 25 de diciembre y el 1 de febrero.
Durante esas semanas aumenta la demanda de los servicios de control, asistencia médica y rescate. La necesidad de distribuir los recursos disponibles entre distintos sectores de la montaña constituye uno de los principales fundamentos de la restricción.
Las condiciones geográficas y climáticas de la alta montaña pueden dificultar las intervenciones, especialmente cuando una emergencia requiere evacuaciones terrestres o aéreas. En determinados casos, el operativo puede demandar helicópteros, personal especializado y una logística que debe coordinarse de acuerdo con las circunstancias.
Las actividades deportivas extremas agregan exigencias particulares a ese sistema de respuesta. Por ese motivo, el Gobierno provincial busca evitar que los operativos asociados a prácticas de riesgo elevado comprometan la atención de otras emergencias durante las semanas de mayor afluencia.
La medida se inscribe así en una estrategia de prevención orientada a administrar la capacidad operativa del parque sin extender la prohibición a todas las actividades de montaña.
Qué sanciones pueden aplicar por incumplir la resolución
La disposición también establece consecuencias para quienes realicen actividades restringidas sin respetar las condiciones fijadas por las autoridades.
Ante un incumplimiento, la Dirección de Áreas Protegidas podrá ordenar la suspensión inmediata de la actividad. Además, tendrá la facultad de inhabilitar a los responsables para solicitar nuevas autorizaciones durante la temporada en curso.
A esas medidas se suma la posibilidad de remitir las actuaciones correspondientes para que se apliquen las sanciones contempladas en la Ley Provincial 6045, que regula las áreas naturales protegidas de Mendoza.
De esta manera, el Gobierno provincial busca ordenar las prácticas deportivas de mayor riesgo en el Aconcagua durante las semanas de máxima concurrencia y preservar los recursos necesarios para responder a situaciones de emergencia.
Para quienes planeen realizar actividades especiales en el parque, el dato central es que deberán verificar si su práctica está alcanzada por la restricción y tramitar la autorización con la anticipación exigida. La aprobación dependerá de la evaluación de la Dirección de Áreas Protegidas.