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Nación declaró la emergencia agropecuaria para Mendoza

La medida beneficia a los productores damnificados por heladas tardías y las explotaciones ganaderas perjudicadas por incendios de Potrerillos.

Las gestiones que funcionarios del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía encararon ante el Gobierno nacional para que igualaran la declaración de emergencia agropecuaria por heladas tardías e incendios finalmente dieron resultado positivo.

A través de la Resolución 58/2019 del Ministerio de Agroindustria Ganadería y Pesca, la Nación declaró a Mendoza en estado de emergencia agropecuario a partir del 3 de setiembre de 2019 y hasta el 31 de marzo de 2021 para los productores agropecuarios cuyas explotaciones hayan sido afectadas por contingencias durante el ciclo productivo 2019/2020.

La medida ampara las zonas afectadas en los distritos Bermejo, Buena Nueva, Colonia Segovia, El Sauce, Guaymallén, Jesús Nazareno, Km. 11, Km 8, La Primavera, Los Corralitos, Puente de Hierro, Rodeo de la Cruz, San Francisco del Monte y Villanueva del Departamento Guaymallén; los distritos Capdevila, El Algarrobal, El Borbollón, El Pastal, Las Heras y Panquegua, del Departamento Las Heras; los distritos Costa de Araujo, El Chilcal, El Plumero, El Vergel, Ingeniero Gustavo André, Jocolí, Jocolí Viejo, La Asunción, La Holanda, La Palmera, La Pega, Las Violetas, Paramillo, San Francisco, Tres de Mayo y Tulumaya, del departamento Lavalle; los distritos Agrelo, Carrizal, Carrodilla, Chacras de Coria, Las Compuertas, Luján, Perdriel, Ugarteche y Vistalba, del departamento Luján de Cuyo; los distritos Barrancas, Coquimbito, Cruz de Piedra, Fray Luis Beltrán, General Gutiérrez, General Ortega, Lunlunta, Luzuriaga, Maipú, Rodeo del Medio, Russell y San Roque, del departamento Maipú; los distritos Algarrobo Grande, Alto Verde, Junín, La Colonia, Los Barriales, Medrano, Mundo Nuevo, Phillips y Rodriguez Peña, del departamento Junín; los distritos La Paz, Las Chacritas y Villa Antigua, del departamento La Paz; los distritos Andrade, El Mirador, La Central, La Libertad, Los Árboles, Los Campamentos, Medrano, Mundo Nuevo, Reducción, Rivadavia y Santa María de Oro, del departamento Rivadavia; los distritos Alto Salvador, Alto Verde, Buen Orden, Chapanay, Chivilcoy, El Central, El Divisadero, El Espino, El Ramblón, Las Chimbas, Montecaseros, Nueva California, Palmira, San Martin y Tres Porteñas, del departamento San Martín; los distritos 12 de Octubre, La Dormida, Las Catitas y Santa Rosa, del departamento Santa Rosa; los distritos Chilecito, Eugenio Bustos, La Consulta, Pareditas y Villa San Carlos, del departamento San Carlos; los distritos Campo Los Andes, Colonia Las Rosas, El Algarrobo, El Totoral, La Primavera, Las Pintadas, Los Árboles, Los Chacayes, Los Sauces, Tunuyán, Villa Seca y Vista Flores, del departamento Tunuyán; los distritos Cordón del Plata, El Peral, El Zampal, Gualtallary, La Arboleda, San José, Tupungato y Villa Bastias, del departamento Tupungato; los distritos Alvear Oeste, Bowen, General Alvear y San Pedro de Atuel, del departamento General Alvear; y los distritos Cañada Seca, Cuadro Benegas, Cuadro Nacional, El Cerrito, Goudge, Jaime Prats, La Llave, Las Malvinas, Las Paredes, Monte Comán, Rama Caída, Real del Padre, San Rafael, Villa 25 de Mayo y Villa Atuel, del departamento San Rafael.

Para acceder a los beneficios de la ley, los  damnificados deberán presentar certificado extendido por la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas (DACC), en el que consten que sus predios o explotaciones se encuentran en estado de emergencia (pérdidas entre el 50% y el 79 % de la producción) o de desastre (pérdidas entre el 80% y el 100%).

¿Cuáles son los beneficios de la declaración de emergencia?

La Ley Nacional 26.509, sancionada en agosto de 2009 creó el Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios con el objetivo de mitigar los daños causados por diversos fenómenos naturales.

Son beneficiarios directos los productores agropecuarios afectados por eventos adversos en sus unidades productivas, que deban reconstituir su producción o capacidad productiva.

Los recursos del Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios se asignarán a los beneficiarios directos mediante ANR, líneas de crédito especiales con el fin de financiar gastos de inversión y capital de trabajo.

En tanto, los beneficiarios podrán acceder a una prórroga en los vencimientos de créditos del Banco de la Nación Argentina y de impuestos de AFIP, así como también le permitirá tomar créditos a tasa subsidiada.

Además de brindar asistir técnica y financiera para que los damnificados puedan restablecer la capacidad financiera, productiva y económica.

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