La Municipalidad de General San Martín recuerda a sus vecinos, tras detectarse intervenciones ilegales sobre el arbolado público en los barrios San Pablo y Mebna, donde ejemplares fueron dañados bajo la excusa de poda, que la misma bajo esta modalidad está prohibida.
Son acciones clandestinas, realizadas sin autorización y con técnicas inadecuadas, que generan un perjuicio directo sobre los árboles y el ambiente urbano.
La poda indiscriminada produce envejecimiento del arbolado público y puede reducir significativamente su vida útil, al tiempo que es imperativo destacar que este tipo de prácticas están prohibidas para particulares.
El arbolado público cumple funciones fundamentales para la comunidad: regula la temperatura, genera sombra, protege del viento y contribuye a la captura de dióxido de carbono, siendo considerado un patrimonio esencial en Mendoza.
En ese sentido, se aclara que únicamente personal capacitado del Municipio, de Vialidad Provincial o de empresas de servicios públicos —debidamente autorizadas— puede realizar tareas de poda, y siempre dentro del período habilitado que va del 2 de mayo al 31 de agosto.
Realizar cortes, talas, desmoches o erradicaciones sin autorización constituye una infracción sancionada por la Ley 7874/08 y normativas locales, con multas económicas que varían según la gravedad del daño ocasionado.