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Hostigamiento digital

Mendoza avanza contra el acoso en las redes sociales

Acciones como el hostigamiento tendrían una pena de unos tres meses de arresto. La iniciativa espera ser la primera tratada en el Senado mendocino luego del receso en el que se encuentra la Legislatura local

Los famosos, y tan de moda, escraches en las redes sociales podrían tener su límite en Mendoza luego de que se trate en la Legislatura local un proyecto que introduciría cambios en el Código Contravencional.

La iniciativa corresponde a la diputada Daniela García, UCR, quien desde 2022 viene trabajando en la inciativa que ya cuenta con el aval de Adrián Reche, otro legislador que promociona la propuesta, y que logró tener media sanción en la Cámara Baja mendocina.

Buscarán en Mendoza avanzar contra el acoso en las redes sociales

El proyecto que será uno de los primeros en tratarse luego del receso en el que se encuentra la casa de las leyes de Mendoza incluiría las figuras de faltas vinculadas con el hostigamiento, los mentados escraches y hasta el uso de identidades falsas en las mencionadas redes sociales.

De conversirse en norma legal, quienes sean declarados culpables de tales faltas podrían llegar a purgar arrestos de hasta 90 días, frente a los casos más cuestionables, y contempla multas para las los más leves.

Hasta el momento en el país solamente se cuenta con la experiencia que ya se dio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CABA, y ahora en Mendoza se unificaron los criterios de García y Reche donde avanzó el proyecto en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, desde donde espera avanzar en la primera sesión 2023 en la Cámara Alta.

Cyberbullying: qué es y cómo prevenirlo

El proyecto contempla, en su redacción, las conductas que pueden ser sancionadas. Específicamente apunta a cuatro situaciones en particular:

– La difusión no autorizada de contenidos sexuales;

– El acoso digital,

– El ciberacoso sexual,

– Y la suplantación de identidad en espacios digitales.

En todo momento la iniciativa hace blanco en el artículo 68 del Código Contravencional de Mendoza y asienta también cuáles son los posibles agravantes.

Respecto al ciberacoso, señala que “quien intimide, acose u hostigue a otra persona mediante el uso de imágenes, filmaciones, comunicaciones y/o contenidos de naturaleza o connotación sexual”, podrá ser sancionado con multas de hasta mil unidades fijas. A lo que podría sumarse trabajo comunitario y hasta 30 días de arresto.

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