La ley Ómnibus propuesta por Javier Milei propone que todos los extranjeros no residentes, y que tengan idea de estudiar en las universidades públicas, deberán pagar un canon
En el artículo 553, de un total de 664 distribuidos a lo largo de 351 páginas de la Ley Ómnibus, presentada por el Gobierno al Congreso para su tratamiento, plantea un cambio drástico que tiene que ver con las universidades públicas: se les comenzará a cobrar a los estudiantes extranjeros sin residencia en Argentina.
Sin embargo, se habilita la posibilidad de habilitar becas en caso de que esos alumnos extranjeros lleguen como parte de “acuerdos o convenios con otros Estados, instituciones u organismos nacionales e internacionales, públicos o privados, tendientes a compartir recursos de todo tipo e implementar las mejores prácticas en materia de educación y de gestión de organismos educativos, así como para fomentar intercambios y procesos educativos conjuntos o en asociación mutua”.
La propuesta del Gobierno es sustituir el artículo 2° bis de la Ley N°24.521 por otro en el que se comienza explicitando: “Los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos, quedando prohibido establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, directos o indirectos”.
Ese mismo artículo elimina la prohibición de que las universidades suscriban acuerdos que impliquen ofertar educación como un servicio lucrativo o que alienten formas de mercantilización.
El aporte económico del Estado será distribuido en función del número de estudiantes matriculados en cada institución, el tipo de carrera ofrecida, tales como carreras de grado, posgrado y otras, y su área de formación y también el número de egresados y otros criterios que se definan.
A través del presupuesto anual, cada institución recibirá los montos correspondientes en forma pública y transparente. A su vez, se establecerán mecanismos de seguimiento y evaluación que permitan determinar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos, aclara el proyecto.
Uno de los objetivos principales a conseguir es que la asignación de recursos se efectúe de manera que se asegure el acceso a la educación superior en todo el territorio nacional, se fomente la calidad y pertinencia de la formación y se garantice la eficiencia en el uso de los recursos públicos.
Este aporte del Estado nacional no puede ser disminuido ni reemplazado en ningún caso mediante recursos adicionales provenientes de otras fuentes no contempladas en el presupuesto anual general de la administración pública nacional. Siempre serán recursos complementarios concluye el apartado referido a las universidades.