Según lo establecido en una resolución oficial publicada este miércoles del INV, la decisión pretende reducir la carga administrativa para los productores vitivinícolas y por lo tanto los comisionistas de vinos harán menos trámites
El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) oficializó una medida que busca agilizar los trámites vinculados a la compraventa de vinos entre bodegas. Desde ahora, los establecimientos inscriptos solo deberán declarar el número de factura en el sistema online del organismo, sin requerir intervención previa de otras entidades estatales.
La disposición fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y ya está en vigencia. En esta dirección, la normativa -Resolución 13/2025- se aplica a los movimientos internos tipo “103 – Compraventa” que se presentan mediante el sistema digital de declaraciones juradas del INV.
Según lo establecido, la decisión buscaría reducir la carga administrativa para los productores vitivinícolas, quienes anteriormente debían presentar documentación adicional para acreditar estas operaciones.
“Las facturas por sí solas constituyen un instrumento comercial válido“, señala la resolución, lo que permitiría prescindir de trámites redundantes en los procesos de validación.
La iniciativa se enmarcaría en un proceso de “desburocratización” más amplio impulsado el Gobierno Nacional dentro del sector, en línea con la Ley General de Vinos Nº 14.878 y otras normas vigentes.