La Legislatura provincial oficializó la Ley 9693, que extiende por un año más la suspensión de los procesos judiciales vinculados a deudas hipotecarias alcanzadas por el régimen de protección vigente, incluyendo causas en etapa de ejecución de sentencia.
La Legislatura de Mendoza oficializó este lunes la Ley 9693, que extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de los procesos judiciales vinculados a deudas hipotecarias alcanzadas por el régimen de protección vigente. La norma mantiene congeladas las acciones legales, incluso en causas que ya se encuentran en etapa de ejecución de sentencia.
¿Qué establece la Ley 9693?
La nueva norma prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de todos los procesos judiciales relacionados con deudas hipotecarias protegidas por la legislación vigente en Mendoza. La ley modifica el artículo 1° de la Ley 9297 y mantiene el freno a las acciones legales que ya estaban iniciadas.
¿A qué juicios alcanza la suspensión?
El alcance de la medida incluye a todos los procesos judiciales en curso, sin importar la instancia en la que se encuentren. La redacción aprobada aclara que la suspensión también rige para expedientes que ya se encuentran en etapa de ejecución de sentencia, lo que impide avanzar con cobros o remates mientras dure la vigencia del régimen.
¿A qué deudores protege la norma?
La ley se dicta en el marco del artículo 39 de la Ley 6.086, que protege principalmente a titulares de vivienda única afectados por la crisis económica iniciada a comienzos de los años 2000. El nuevo texto no amplía beneficiarios ni incorpora nuevos alcances, sino que extiende el plazo de una política ya existente.
¿Qué cambia con esta prórroga?
Con la sanción de la Ley 9693, el vencimiento previsto para fines de 2025 se posterga por un año más. De este modo, las acciones judiciales permanecen congeladas hasta diciembre de 2026, a la espera de una definición estructural sobre la situación de los deudores alcanzados.
¿Cuándo entra en vigencia la ley?
El artículo 2° establece la comunicación formal al Poder Ejecutivo, que deberá promulgar la norma para su entrada en vigencia.